jueves, 11 de agosto de 2011

Ilegal, e agora toca derribo?

Noticia do Diario de Pontevedra

 

El Tribunal Supremo ratifica la ilegalidad de un edificio de Construcuatro en Silgar



El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación de Construcuatro contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ordenaba continuar un proceso sancionador abierto contra la empresa por un edificio construido en Sanxenxo, cuya propuesta de resolución proponía una multa de más de 3 millones de euros y la demolición del inmueble.
El proceso comenzó cuando, en enero de 2004 la asociación ecologista 'Salvemos Pontevedra' denunció que un edificio levantado por Construcuatro --empresa participada por el responsable local del PP en Pontevedra, Telmo Martín-- en el paseo de Silgar, invadía la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.
La Xunta inició entonces un expediente sancionador, cuya propuesta de resolución preveía una sanción de 3.055.841 euros y que se demoliese el edificio. No obstante, en febrero de 2005, el entonces conselleiro de Pesca, Enrique López Veiga, dictó una resolución por la que se sobreseyó dicho expediente.
Posteriormente, el TSXG anuló la decisión de López Veiga --de nuevo tras denunciar 'Salvemos Pontevedra'-- por considerar que el conselleiro no era competente para tomarla, sino que debía haber sido adoptada en el Consello de la Xunta. Contra este fallo del tribunal gallego, de enero de 2008, que ordenaba continuar el expediente, la empresa Construcuatro presentó un recurso de casación, que el Supremo desestima ahora.
El TS considera que los preceptos invocados por Construcuatro en su recurso para defender que el conselleiro sí era competente para sobreseer el expediente ''carecen de toda virtualidad y solo se explican como un intento artificioso de dotar al motivo de casación de un sustento''. Así, acuerda desestimar el recurso de casación e imponer unas costas de 1.500 euros.
La asociación ecologista ha apuntado, además, en un comunicado que la sentencia del TSXG que ordenaba retomar el proceso contra Construcuatro ''acaba de ser confirmada'' por el Tribunal Supremo, en una sentencia del 21 de julio de 2011, ''contra la que no cabe recurso ordinario alguno''.
Asimismo, ha indicado que el propio Telmo Martín es propietario de uno de los pisos del inmueble, en una planta que ''no existe en la licencia de obras ni en la de primera ocupación''.

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